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FRANCISCO TAMES HEVIA (1795-1865)

Francisco Feo Parrondo

universidad autónoma de madrid

Francisco Tames Hevia es uno de los principa­les personajes, de la primera mitad del siglo XIX, oriundos del concejo de Grado. A principios del siglo XX, Alvaro Fernández de Miranda en su obra "Grado y su concejo" (reeditada en Oviedo en 1982) incluye una biografía suya (páginas 297-298) y, asimismo, aparece otra escrita por Juan Carlos García Miranda en la Gran Enciclopedia Asturiana (Gijón, Silverio Cañada, t. 13, 1981, pp. 242-243). Ambas fuentes las hemos utilizado como base para este breve artículo y como complemento de dos documentos inéditos que se conservan en el Archivo Histórico Nacional (Madrid): legajos 13357 (32) y 13358 (98) de la sección Consejos, fechados en Madrid el 26 de junio de 1826 y 20 de marzo de 1834 respectiva­mente y que son informes favorables imprescindibles para acceder a cargos públicos en aquel momento, como queda patente en el texto de 1834: "Valga para el Reinado de S.M. la Señora Doña Isabel II".

Estos legajos nos ofrecen una "relación de los méritos, grados y ejercicios literarios del doctor don Francisco Tames Evia, del Gremio y Claustro de la Real Universidad de Oviedo, y abogado del ilustre Colegio de la misma ciudad". Básicamente utilizaremos el legajo de 1826 incorporando algún añadido del de 1834: "Consta que don Francisco Tames Evia es natural de la villa de Grado en el Principado de Asturias, hijo de legítimo matrimo­nio, y que además de tres años de Filosofía lleva doce de estudio en facultades mayores, en todos los que ha merecido de sus maestros cédulas de sobresaliente.

En diez y nueve de julio de mil ochocientos diez y seis recibió el grado de Bachiller en Sagrados Cánones, y obtuvo la primera regulación. En doce de marzo del siguiente recibió el mismo en la facultad de Leyes, siendo aprobado nemine discrepan­te. Obtuvo en el tiempo de su carrera todos los honores y destinos académicos; arguyó y defendió en actos mayores y cuodlibetos, y sustituyó con frecuencia las ausencias y enferme­dades de sus Catedráticos.

En quince de julio de mil ochocientos diez y nueve sufrió el riguroso exámen de Capilla, y en las nueve horas de su duración fue examinado por los veinte y dos doctores que a él asistieron, y le aprobaron nemine discrepante. Recibió también igualmente la Borla y título de Doctor en Sagrados Cánones el día ocho de julio del mismo año, desde cuyo tiempo desempeñó con exactitud y diligencia las interesantes comisiones que por aquel Claustro se le han conferido.

A la apertura del curso escolástico en el día de San Lucas de mil ochocientos diez y nueve le ha encargado el Claustro la dirección de la Academia de Leyes y la sustitución de la Cátedra de Prima de Cánones, destinos en que se ha ocupado hasta San Juan de mil ochocientos veinte.

En diciembre de mil ochocientos diez y nueve fue nombrado, por unánime consentimiento del claustro, Bibliotecario mayor de la Universidad, empleo que desempeñó con la mayor exactitud y notables mejoras en el establecimiento hasta el diez y siete de agosto de mil ochocientos veinte y dos en que fué separado de él por disposición del llamado Ministro de la Gobernación de la Península.

En octubre de mil ochocientos veinte fué nombrado Director de la Academia de Cánones y Catedrático interino de Matemáticas, encargos que desempeñó hasta la misma época en que renunció esta cátedra, cuya propiedad se le había conferido por S.M.

Regentó en el mismo año la cátedra de Derecho Político y Constitución en dicha universidad hasta que, promovido por Real Orden al Juzgado de Primera Instancia de Cangas de Tineo, se ocupó exclusivamente de su desempeño, en el que consta se condujo con la mayor moderación y prudencia, que administró pronta e imparcialmente justicia, que consoló a los desvalidos, resistió con firmeza toda clase de desórdenes, y dió constantemente pruebas de rectitud, desinterés y sana moral. Ocupado su distrito en junio de mil ochocientos veinte y tres por las tropas francesas, hubo de abandonar la provincia en cumplimiento de órdenes superiores y del deber que le imponía el servicio en la milicia nacional voluntaria a que pertenecía en clase de oficial, razón por qué no pudo desde aquella época obtener empleo alguno público.

Es además abogado de los Reales Consejos e individuo del ilustre Colegio de los de la Real Audiencia de Asturias, donde ejerció por varios años su profesión con aplauso y buen nombre.

Consta igualmente que no tuvo empleo alguno del gobierno revolucionario, sino que por algunos meses el de Juez interino de primera instancia en el partido de Cangas de Tineo en Asturias, donde se ha conducido con la mayor moderación, prudencia y tino, acreditando con hechos positivos su adhesión a nuestro Soberano, cuyos defensores y sus bienes libró repetidas veces de las garras de los sectarios de aquel sistema, salvando a unos la vida, a otros la hacienda, y aliviando a otros de las prisiones con que estaban oprimidos: administró pronta e imparcialmente justicia; consoló a los desvalidos y resistió con firmeza los desórdenes de aquella época, en la que siempre se condujo según los principios de honradez y sana moral.

Finalmente, no ha pertenecido a ninguna secta ni asociación secreta; no ha sido afrancesado; jamás fué procesado criminalmen­te, y está calificada de buena su conducta política y moral por el Real Acuerdo de la Audiencia de Asturias que le ha purificado en primera instancia".

El legajo fechado en marzo de 1834, solamente añade que "en mil ochocientos veinte y dos fue nombrado alcalde segundo de la ciudad de Oviedo", dato que sorprendentemente no incluía el texto anterior. Asimismo, hace hincapié en que Francisco Tames "es individuo de número de la Sociedad Económica de Amigos del país de la ciudad de Santiago; y consta que jamás fue procesado criminalmente, ni tiene tacha alguna legal que le impida de optar a los empleos del Estado".

La ajetreada vida profesional y política de Francisco Tames continuó en años posteriores. Como ha señalado García Miranda, "de ideología liberal, afiliado al Partido moderado, participó en los acontecimientos políticos de su tiempo, lo que le valió ser condenado en varias ocasiones al destierro y confinamiento" (1981, pp. 242). En 1834, fue nombrado secretario del Gobierno político de Oviedo, posteriormente sería alcalde del Crimen de Cáceres, oidor del de La Coruña y en 1839 es nombrado Diputado a Cortes por Oviedo.

El pronunciamiento de 1840 que inició la Regencia de Espartero supuso su confinamiento en su domicilio ovetense hasta que desapareció dicha Regencia en 1843. En 1844 es nombrado Regente de la Audiencia de Albacete y posteriormente ostenta este mismo cargo en La Coruña hasta que es proclamado Fiscal togado del Tribunal Mayor de Cuentas (del que se le quitó algunos meses por enfren­tarse al gobierno). Posteriormente fue diputado en varias legislaturas por Oviedo y Pontevedra, Presidente de la Real Compañía de Comercio de La Habana, Consejero de Instrucción pública, etc.

Hace un siglo, Alvaro Fernández de Miranda describía la personalidad de Francisco Tames de manera similar a los legajos anteriormente manejados: "en cuantos puestos ocupó hizo patente su inteligencia, desinterés y probidad... Afable en su trato, morigerado en sus costumbres, con mediana fortuna, fruto de asiduo trabajo, vióse rodeado del aprecio general". Estas características personales debieron contribuir a que pudiese llevar una vida con tantos cambios profesionales, aspecto en el que también debió jugar un papel decisivo su amplia formación cultural, muy por encima de la media de la época.

Francisco Feo Parrondo

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